La ilusión de la libertad: crítica al proyecto de reforma educativa
La denominada Ley de Libertad Educativa se presenta como una reivindicación del derecho constitucional a enseñar y aprender, pero su armazón normativo revela un trasfondo menos emancipador. Bajo la retórica de la libertas se esconde un desplazamiento estructural: el pasaje de la educación como derecho social a la educación como bien posicional (Hirsch), sometido a los mecanismos de competencia del mercado. No se trata únicamente de un cambio de modelo administrativo, sino de una mutación ontológica del sentido mismo de lo educativo. Como advertía Paulo Freire (1970), ninguna práctica educativa es neutral: toda pedagogía expresa un proyecto de mundo. Aquí, el proyecto es evidente: sustituir el horizonte común de la educación pública por un régimen de heteronomía normativa, donde cada institución, cada familia y cada individuo se vuelve responsable de su propio destino educativo, como si la igualdad fuera un inconveniente y la justicia una interferencia.
El análisis comparado con el Proyecto de Ley de Libertad Educativa (2025) confirma esta orientación. La ley adopta explícitamente el principio de subsidiariedad del Estado (art. 4.d), introduce un sistema de vales y financiamiento por demanda (arts. 82–86), habilita la desescolarización y el homeschooling (arts. 49–55), y equipara institucionalmente establecimientos estatales y privados (art. 47). El informe del ICIEC-UEPC (Gutierrez, G., Assusa, G. y Pérez Rojas, M. 2025) advierte que este modelo genera una profundización de desigualdades, deterioro de la calidad educativa en sectores populares y desarticulación del sistema nacional.
La consecuencia es clara: una redefinición de la libertad en clave negativa, reducida a la ausencia de interferencias del Estado, en detrimento de una libertad democrática (eleuthería politiké), que implica la constitución de un mundo común. Desglosemos la cuestión en 6 puntos:
1. Del derecho social al privilegio meritocrático
La ley promueve un conjunto de mecanismos (vales educativos, desgravaciones impositivas, incentivos de mercado) que desplazan la carga del financiamiento hacia las familias. En términos filosóficos, se trata de una reificación del mérito, donde el éxito escolar aparece como producto exclusivo del esfuerzo individual, olvidando que el mérito no es una sustancia natural sino, como señaló Pierre Bourdieu (1998), el resultado de una estructura de distribución desigual de capitales.
El proyecto consagra un régimen competitivo en el que las instituciones con mayor capacidad económica atraen a docentes, infraestructura y estudiantes “rentables”, generando una ciudadanía estratificada por clase. El lenguaje de la “libre elección” funciona como un dispositivo ideológico: hace creer que todos eligen, cuando en realidad solo elige quien puede pagar.
Carlos Cullen (2007) subrayó que la igualdad educativa requiere instituciones comunes capaces de producir un “nosotros” democrático. Al suprimir ese espacio común, la ley no amplía libertades: amplía distancias sociales.
Resulta casi conmovedor comprobar cómo la teoría económica descubre que la mejor manera de ampliar derechos es convertirlos en mercancías. Una especie de Deus ex machina neoliberal: se quita al Estado, se abren mercados y voilà, la igualdad brotará espontáneamente. ¡Y pensar que América Latina no lo había intentado antes! (por si no lo entendió, es ironía).
2. Fragmentación curricular: el ocaso del horizonte común
Uno de los puntos más regresivos del proyecto es la habilitación de autonomía curricular plena para cada institución (arts. 33–37). Presentada como libertad pedagógica, esta medida implica la disolución del currículum como articulador de un proyecto educativo nacional.
La fragmentación curricular produce, como advierte Michael Apple (2002), una reconstrucción desigual del conocimiento escolar según la lógica del consumo y la segmentación socioeconómica. En términos filosóficos, esta dispersión rompe la koiné paideía, es decir, la formación común que sostiene la convivencia democrática.
Donde no hay contenidos comunes, no hay mundo común.
Donde no hay mundo común, la ciudadanía se sustituye por microidentidades pedagógicas, cada una encerrada en su propio universo de saberes desiguales.
La noción de “escuela situada”, aunque legítima en ciertos usos pedagógicos, corre el riesgo de convertirse en determinismo territorial: las escuelas de zonas acomodadas producirán currículos sofisticados, mientras que las periféricas se situarán (para usar un término socrático, dyspraxía) en la precariedad.
3. Un país sin soberanía educativa
La soberanía educativa implica criterios nacionales que garanticen igualdad de oportunidades, estándares comunes y derechos profesionales docentes. La ley, en cambio, disuelve la estructura nacional del sistema y habilita que cada provincia e incluso cada institución determine tiempos, certificaciones, cargas horarias y programas.
Esta dispersión no es federalismo; es abdicar de la responsabilidad estatal.
Como sostiene Arturo Roig (2002), lo democrático en educación no es la multiplicación fragmentaria de ofertas, sino la construcción deliberada de un proyecto histórico compartido, una polis con horizonte.
4. Mercantilización, desescolarización y la ruptura del lazo social
La escuela no es solo un espacio de transmisión de contenidos. Es un instituto de socialización democrática, donde se construye el reconocimiento mutuo (la prosōpía griega) y se aprende a vivir con otros (con-vivir). Inés Dussel (2017) la llamó una “institución de mezcla social”.
El proyecto habilita el homeschooling, modalidades híbridas sin criterios de calidad y contratación libre de docentes sin marcos profesionales. Estos mecanismos no expanden la libertad: desarticulan el lazo social y trasladan lo educativo al ámbito privado, transformando a los estudiantes en consumidores y a las familias en gestoras de un servicio educativo.
Hannah Arendt (1954) lo expresó con claridad: lo educativo es la responsabilidad que las generaciones adultas asumen frente a quienes llegan al mundo. Cuando el Estado delega esa responsabilidad en empresas o en la soledad doméstica, el pacto intergeneracional se rompe.
5. Una reforma sin democracia: ausencia de debate público
Aunque se insiste mediáticamente en la necesidad de discutir la educación, lo cierto es que este proyecto careció de deliberación ciudadana, participación docente, foros federales o instancias públicas de consulta. No hubo proceso democrático: hubo decisionismo tecnocrático.
Emilio Tenti Fanfani (2005) recuerda que las políticas educativas sin consenso no solo son injustas sino también ineficaces. La democracia requiere dialogós; la reforma, en cambio, se intenta imponer sin diálogo y sin reconocimiento de quienes sostienen la escuela todos los días.
6. Defender la educación pública es defender la democracia
Transformar la educación en un bien de consumo implica desmantelar el principal espacio de constitución de la ciudadanía moderna. La escuela pública (gratuita, común y obligatoria) no es un resto del siglo XIX: es la institución que produce nuestro mundus communis.
Freire lo formuló con precisión: “nadie se libera solo; los hombres se liberan en comunión”.
La reforma propuesta elimina esa comunión y la reemplaza por un archipiélago de experiencias aisladas. Donde antes había educación como praxis, habrá servicios educativos; donde había comunidad, habrá atomización; donde había igualdad, habrá competencia.
Defender la educación pública es defender la democracia misma: no como formalidad electoral, sino como experiencia cotidiana de igualdad.
La Ley de Libertad Educativa no amplía libertades: amplía desigualdades.
No democratiza: fragmenta.
No moderniza: mercantiliza.
Defender la educación pública no es una nostalgia ni un mero reclamo sectorial: es defender la justicia social, la cohesión democrática y la soberanía cultural del país. Es sostener que la libertad no puede construirse sobre la desigualdad, y que la educación pública no es un gasto, sino una inversión en humanidad. Frente a este panorama, pensar filosóficamente la educación es un acto de responsabilidad democrática. Sapere aude: atreverse a pensar la educación como derecho y como espacio de humanidad compartida. Esa es la tarea.
Referencias
Apple, M. (2002). Educación, mercado y democracia. Paidós.
Arendt, H. (1954). La crisis en la educación. En Entre el pasado y el futuro. Península.
Bourdieu, P. (1998). La reproducción. Siglo XXI.
Cullen, C. (2007). Crítica de las razones de educar. Antropología, política y educación. Paidós.
Dussel, I. (2017). Políticas y poéticas de la escuela pública. Siglo XXI.
Freire, P. (1970). Pedagogía del oprimido. Siglo XXI.
Gutierrez, G., Assusa, G. y Pérez Rojas, M. (2025). Análisis del proyecto de Ley de Libertad Educativa: menos derechos y más desigualdades. Córdoba, Argentina: ICIEC-UEPC.
Roig, A. (2002). Ética del poder y moralidad de la protesta. Eudeba.
Tenti Fanfani, E. (2005). La escuela y la cuestión social. Siglo XXI.
Ley de Libertad Educativa (Proyecto oficial). (2025). Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina.


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